TÉRMINOS Y CONDICIONES
Differental – Una Marca de ITA RENT Srl
El servicio de alquiler es prestado por ITA RENT Srl, operando bajo la marca Differental (en adelante, el “Arrendador”). La relación contractual con el Cliente se rige conjuntamente por: las Condiciones Generales – la Carta de Alquiler – el Cuadro Tarifario Aplicable – la Política de Daños – el Aviso de Privacidad. Estos documentos constituyen un único marco contractual vinculante: la documentación contractual. Al firmar el contrato, el Cliente declara haber leído y aceptado su contenido.
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER
Art. 1 Requisitos – Reserva
1.1 – Identificación del Cliente y conductores autorizados
El Cliente y cualquier conductor autorizado deberán estar identificados y calificados proporcionando al Arrendador un documento de identidad válido (Pasaporte o Cédula de Identidad con vigencia mínima de seis meses a partir de la fecha de regreso); dichos documentos deberán presentarse en original al momento de la recogida del vehículo, no aceptando copias o informes por parte del Arrendador. El permiso de conducir y los documentos de identidad deben ser emitidos por el mismo Estado. Al firmar el contrato, el Cliente se compromete a facilitar información relativa a sus datos personales, como edad, lugar de residencia y, en caso de ser diferente, domicilio, contactos telefónicos y correo electrónico.
1.2. – Requisitos de edad y permiso de conducir.
Se permite el alquiler a conductores que hayan cumplido 25 años y no tengan más de 80 años, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.3 siguiente.
El conductor debe estar en posesión de un permiso de conducir válido, expedido con al menos 12 meses de antelación y válido durante todo el período de alquiler. La licencia deberá presentarse en original al momento de recoger el vehículo.
El conductor está obligado a verificar, bajo su propia responsabilidad y en cumplimiento de lo dispuesto en el Código de Circulación, que la categoría y características de la licencia que posee le autorizan a conducir el vehículo alquilado.
Cuando el permiso haya sido expedido por un Estado no perteneciente a la Unión Europea, el conductor deberá presentar, junto con el permiso nacional original, un permiso de conducción internacional válido o una traducción oficial o certificada del permiso, cuando así lo exija la legislación aplicable.
Los documentos previstos en este artículo y en el artículo 1.1 deberán ser válidos, legibles y atribuibles al conductor. En su caso, también deberán ser coherentes con el Estado de residencia declarado por el Cliente.
1.3 – Conductores entre 18 y 24 años
No obstante la edad mínima ordinaria prevista en el artículo 1.2, también se podrá permitir el alquiler a conductores con edades comprendidas entre 18 y 24 años, exclusivamente para las categorías de vehículos para las que tal posibilidad esté expresamente prevista en las condiciones tarifarias vigentes en el momento de la reserva o del alquiler.
A los conductores pertenecientes al grupo de edad antes mencionado se les cobrará un recargo tarifario denominado “Young Driver”, en el importe indicado en la tarifa vigente en el momento de la reserva o recogida del vehículo.
Para las categorías de vehículos sujetas a una edad mínima de 25 años o más, no se permitirá el alquiler a conductores por debajo del límite requerido, ni siquiera aplicando el recargo “Young Driver”.
1.4 – Requisitos de tarjeta de crédito y garantía de alquiler
El titular de la reserva deberá presentar, en el momento de la recogida del vehículo, una tarjeta de crédito válida, a su nombre, con números grabados y perteneciente a uno de los circuitos aceptados por el Arrendador.
Se aceptan tarjetas de crédito de los circuitos American Express, Visa, Mastercard y Diners, siempre que tengan una fecha de vencimiento de al menos 180 días después de la fecha prevista para la devolución del vehículo.
No se aceptan como garantía tarjetas prepago, tarjetas de débito, tarjetas Bancomat, tarjetas pertenecientes al circuito Maestro o tarjetas virtuales.
La tarjeta de crédito es necesaria para realizar la preautorización relativa al depósito de garantía y, dentro de los límites y según los términos previstos en el Contrato y estas Condiciones Generales, para el pago o cobro de las cantidades derivadas del alquiler, incluyendo, a modo de ejemplo, las relativas a daños, robos, franquicias, penalizaciones, peajes, gastos administrativos, servicios auxiliares y demás cantidades adeudadas por el Cliente. Para vehículos pertenecientes a las categorías Van Luxury, Van Premium, Van Manual, Van Automatic, Suv Premium AWD, Suv Luxury y Suv 7 Seats se requerirán dos tarjetas de crédito como garantía de alquiler.
1.5 – No presentarse y cancelación de una reserva prepago
En caso de que el Cliente pretenda cancelar la reserva, para los alquileres cuyo pago ya haya sido realizado no se aplicará ninguna penalización, siempre que el aviso de cancelación se reciba al menos 48 horas antes de la fecha y hora prevista para la recogida del vehículo.
En caso de cancelación notificada con menos de 48 horas de antelación a la fecha y hora prevista para la recogida del vehículo, el Cliente no tendrá derecho a devolución alguna de las cantidades ya abonadas.
1.6 – No presentación y cancelación por falta de pago
En el caso de una reserva para la que no se ha realizado ningún pago o no se ha pagado ningún depósito por adelantado, el Cliente podrá cancelar el alquiler respetando los términos y condiciones establecidos en las condiciones tarifarias aplicables a la reserva.
En caso de que la cancelación se notifique fuera del plazo aplicable, o que el Cliente no se presente en el lugar y hora acordados para la recogida del vehículo o cancele el alquiler en el momento de la recogida, el Arrendador se reserva el derecho de aplicar la penalización o solicitar el importe previsto en las condiciones tarifarias vigentes y aceptadas por el Cliente en el momento de la reserva.
1.7 – Falta de los requisitos necesarios para el alquiler
Si en el momento de la recogida del vehículo el Cliente o el conductor designado careceran de los requisitos, documentos, autorizaciones, medios de pago o garantías exigidos para la suscripción del Contrato, el Arrendador podrá negarse a la entrega del vehículo.
En tal caso, cuando la falta de firma del Contrato sea imputable al Cliente, el Arrendador se reserva el derecho de retener, total o parcialmente, las cantidades ya pagadas o de aplicar la penalización prevista por las condiciones tarifarias vigentes y aceptadas en el momento de la reserva, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de transparencia y proporcionalidad.
1.8 – Métodos de pago
La contraprestación por el alquiler y los servicios auxiliares, cuando no se paguen por adelantado, deberá abonarse mediante uno de los sistemas de pago electrónico aceptados por el Arrendador.
No se permiten pagos en efectivo.
1.9 – Categoría del vehículo reservado
En la etapa de reserva, el Cliente selecciona solo una categoría de vehículo y no un modelo, marca, versión, tipo de combustible, color o acabado específico.
Cualquier indicación de un modelo concreto es meramente ilustrativa de las características de la categoría elegida.
1.10 – Cesión del vehículo reservado
La reserva realizada para un vehículo específico garantiza la entrega del vehículo elegido o de una categoría equivalente (similar); en caso de indisponibilidad del Vehículo reservado, el Arrendador se reserva el derecho de sustituirlo por otro de categoría superior; Sólo en caso de indisponibilidad tanto del vehículo reservado como de una categoría superior, se entregará un vehículo de categoría inferior, con el consiguiente recálculo de la tarifa. Sólo en caso de negativa del Cliente de una categoría inferior, el Arrendador se pondrá a disposición de reembolsar el importe pagado por el Cliente hasta ese momento por el alquiler del vehículo. El reembolso se realizará mediante reacreditación del importe correspondiente en la tarjeta de crédito utilizada para el pago.
1.11 – Modificación de reserva
El Cliente podrá solicitar modificaciones en los elementos de la reserva, incluidos, a modo de ejemplo, la categoría del vehículo, el lugar y horario de recogida o devolución y cualquier servicio auxiliar.
Las solicitudes de modificación no serán vinculantes para el Arrendador y podrán ser aceptadas exclusivamente en función de la disponibilidad del vehículo, las condiciones de funcionamiento y las tarifas aplicables en el momento de la solicitud.
La modificación de la reserva se considerará finalizada y efectiva sólo tras la confirmación expresa por parte del Arrendador.
Las modificaciones aceptadas podrán conllevar un ajuste de la contraprestación del alquiler, del coste de los servicios auxiliares y de cualquier otro importe aplicable, que será comunicado al Cliente antes de la correspondiente confirmación.
1.12 – Duración máxima del alquiler
La duración total del alquiler no podrá exceder los 28 días consecutivos.
Cualquier solicitud de prórroga deberá ser comunicada previamente por el Cliente y aprobada por el Arrendador. En todo caso, la duración del alquiler inicial y las posteriores prórrogas, consideradas en su conjunto, no podrán superar el límite máximo de 28 días consecutivos.
1.13 – Hora de recogida y período de tolerancia
El Cliente deberá indicar, en el momento de la reserva, la hora prevista para la recogida del vehículo.
Respecto del tiempo indicado, se concede un plazo de tolerancia de 60 minutos. Una vez transcurrido este plazo sin que el Cliente se haya presentado o haya acordado previamente con el Arrendador una hora de recogida diferente, ya no se garantizará la disponibilidad del vehículo.
En tal circunstancia, el Arrendador se reserva el derecho de no proceder a la entrega del vehículo, sin perjuicio de la aplicación de las condiciones previstas en caso de no presentación o cancelación del Cliente.
1.14 – Cambio de horario de recogida
El Cliente podrá solicitar la recogida del vehículo en un horario distinto al indicado en la reserva. El cambio estará sujeto a la aprobación previa del Arrendador y a la disponibilidad operativa del momento.
Si el cambio de horario implicara la aplicación de condiciones tarifarias distintas a las originalmente previstas, la contraprestación del alquiler podrá actualizarse en consecuencia.
Cualquier variación de tarifa será comunicada al Cliente antes de la confirmación del nuevo horario de recogida, y el cambio sólo se hará efectivo tras su aceptación.
1.15 – Servicios y productos auxiliares opcionales
En el momento de la recogida del vehículo, el Cliente podrá solicitar la compra de cualquier servicio, producto o equipo auxiliar disponible.
Dichos artículos son opcionales y podrán adquirirse exclusivamente mediante petición expresa y libre elección del Cliente, sujeto a disponibilidad en el momento.
Los costes correspondientes se determinarán en función de la tarifa vigente y se comunicarán al Cliente antes de la compra y la firma del Contrato de alquiler.
1.16 – Depósito de garantía y autorización de cobro
Al firmar la Carta de Alquiler o el Contrato, el Cliente autoriza al Arrendador a realizar en la tarjeta de pago indicada una preautorización u otro gravamen en concepto de depósito de seguridad, por el monto indicado en el Contrato y determinado en función de la categoría del vehículo, las coberturas adquiridas y las condiciones tarifarias aplicables.
El Cliente también autoriza al Arrendador a cargar en la misma tarjeta, previa verificación y respetando las condiciones contractuales, los importes efectivamente adeudados en relación con el alquiler, incluidos:
- a) la contraprestación del alquiler, cuando no se haya pagado por adelantado;
- b) los costos relacionados con los servicios, productos y equipos auxiliares solicitados por el Cliente;
- c) los montos relativos a daños, robo, pérdida o daño de piezas, componentes, accesorios y equipos del vehículo, dentro de los límites de las responsabilidades económicas y exclusiones previstas en el Contrato;
- d) los deducibles y demás importes pendientes de pagar por el Cliente en función de las coberturas y servicios adicionales adquiridos;
- e) los gastos derivados de la devolución del vehículo en lugar distinto del acordado, cuando previamente haya sido autorizado por el Arrendador, así como los ocasionados por la recuperación del vehículo en caso de devolución no autorizada;
- f) las sanciones, indemnizaciones y costas que se deriven del uso indebido del vehículo o del incumplimiento de obligaciones contractuales;
- g) los costes relativos a la falta de combustible y al servicio de repostaje;
- h) los recargos y costes relacionados, a modo de ejemplo, con el servicio One Way, la devolución o recogida fuera del horario de apertura, la sustitución del vehículo y los demás servicios previstos en el Contrato o en la tarifa aplicable;
- i) cualquier otra cantidad expresamente prevista por el Contrato, por las presentes Condiciones Generales o por el cuadro tarifario aceptado por el Cliente.
Cualquier cargo posterior a la conclusión del alquiler deberá referirse a importes previstos contractualmente y estar adecuadamente documentado. El Arrendador pondrá a disposición del Cliente la documentación acreditativa pertinente.
1.17 – Multas, sanciones e impago de peajes
En caso de multas de tráfico, infracciones del Código de Circulación o impago de peajes imputables al período de alquiler, el Arrendador, una vez recibido el correspondiente aviso, transmitirá a las autoridades competentes o al encargado del cobro los datos personales del Cliente y del conductor del vehículo.
Las penalizaciones, peajes y demás cantidades adeudadas no podrán ser pagadas al Arrendador, sino que deberán ser pagadas directamente por el Cliente a la autoridad o parte competente, en los términos indicados en el aviso correspondiente.
1.18 – Preautorización del depósito de garantía
La tarjeta de crédito presentada por el Cliente como garantía de alquiler deberá tener un límite suficiente para permitir al Arrendador realizar la preautorización del importe aportado en concepto de depósito de garantía.
En caso de que el límite disponible resulte insuficiente o la preautorización no esté autorizada por la entidad emisora, el Arrendador podrá negarse a la entrega del vehículo, de acuerdo con las presentes Condiciones Generales.
Al final del alquiler, si el Cliente no debe más importes, el Arrendador solicitará la liberación del importe preautorizado.
Si, por el contrario, se adeudaran cantidades en relación con el alquiler, el Arrendador podrá proceder al cargo correspondiente, dentro de los límites y según las condiciones previstas en el Contrato, solicitando simultáneamente la liberación de cualquier cantidad residual.
Una vez transmitida la solicitud de liberación a la institución emisora, el tiempo necesario para restablecer la disponibilidad del límite dependerá exclusivamente de los circuitos de pago y del banco emisor. Por tanto, el Arrendador no podrá ser considerado responsable de posibles retrasos que no sean directamente imputables a su propia actividad.
Art. 2 Obligaciones del Arrendador
2.1 – Verificación y entrega del vehículo
Antes de la entrega, el Arrendador se compromete a realizar las comprobaciones necesarias para comprobar que el vehículo se encuentra en buenas condiciones de funcionamiento, mantenimiento y seguridad, y es adecuado para el uso previsto en el Contrato.
El Arrendador también verificará la presencia del equipo de seguridad obligatorio, de la documentación necesaria para la circulación y de una cobertura de seguro vigente de responsabilidad civil frente a terceros.
En el momento de la entrega, el Cliente está obligado a verificar el estado aparente del vehículo y de su equipamiento, informando inmediatamente al Arrendador de cualquier daño, anomalía, discrepancia o deficiencia detectables.
Al firmar la Carta de Alquiler o el informe de entrega, el Cliente declara haber recibido el vehículo en las condiciones y con el equipamiento indicado en la misma, sin perjuicio de posibles defectos, averías o averías que no sean inmediatamente reconocibles en el momento de la recogida.
Art.2.2 – Equipamiento de invierno
Durante los períodos y en los ámbitos en los que la legislación aplicable o las medidas de las autoridades competentes impongan la obligación de equipamiento invernal, el Arrendador entregará el vehículo equipado con dispositivos antideslizantes conformes y compatibles con el vehículo, tales como, a título de ejemplo únicamente: cadenas para la nieve, calcetines para la nieve y dispositivos homologados equivalentes.
Si dicho equipo fuera necesario para cumplir con las obligaciones legales aplicables al lugar de recogida o a la zona de uso normal declarada por el Cliente, se proporcionará sin coste adicional.
Fuera de los períodos o zonas sujetas a la obligación, el Cliente podrá solicitar el suministro de material de invierno, sujeto a la disponibilidad del Arrendador y al pago de la contraprestación prevista en la tarifa vigente.
2.3 – Intervenciones en el vehículo y reembolso de gastos
Si fuera necesario, durante el período de alquiler, realizar intervenciones de mantenimiento, reparación o asistencia en el vehículo, el Cliente deberá contactar inmediatamente con el Arrendador y obtener autorización previa por escrito antes de confiar el vehículo a terceros o incurrir en cualquier gasto.
El reembolso de los gastos incurridos por el Cliente se reconocerá exclusivamente cuando la intervención haya sido previamente autorizada por escrito por el Arrendador y esté documentada mediante factura correspondiente a nombre de: ITA RENT S.R.L. – Piazza Maestri del Lavoro 7 20063 Cernusco Sul Naviglio – N° IVA 12594610961.
En caso de urgencia comprobada, cuando no sea posible contactar rápidamente con el Arrendador, el Cliente deberá adoptar exclusivamente las medidas estrictamente necesarias para evitar mayores daños al vehículo o riesgos para la seguridad, informando al Arrendador lo antes posible. Cualquier reembolso quedará sujeto a la verificación de la necesidad y adecuación de la intervención y de la documentación pertinente.
2.4 – Vehículo de sustitución en caso de accidente o avería
En caso de inmovilización del vehículo tras un accidente o avería, el Cliente deberá informar inmediatamente al Arrendador y seguir las instrucciones recibidas.
De manera compatible con la disponibilidad del vehículo, las condiciones de funcionamiento y las causas que motivaron la inmovilización del vehículo, el Arrendador podrá poner a disposición del Cliente un vehículo de sustitución, incluso perteneciente a una categoría distinta a la reservada originalmente.
La reposición podrá realizarse exclusivamente en uno de los puntos de alquiler indicados por el Arrendador, salvo pacto en contrario por escrito entre las partes.
Al momento de la entrega del vehículo de reemplazo, el Arrendador podrá solicitar la renovación o ajuste del depósito de garantía mediante tarjeta de crédito válida a nombre del Cliente, de acuerdo al monto y condiciones aplicables al vehículo de reemplazo.
La puesta a disposición del vehículo de sustitución no perjudica la evaluación de las responsabilidades relativas al accidente, avería o daño constatado, en la aplicación de las cantidades eventualmente adeudadas por el Cliente en virtud del Contrato.
2.5 – Daños imputables al Cliente y resolución del Contrato
Si el vehículo sufriera daños imputables a dolo, culpa, negligencia, impericia, uso indebido o incumplimiento de obligaciones contractuales por parte del Cliente o de un conductor autorizado, el Arrendador podrá resolver inmediatamente el Contrato, ordenar el cese del alquiler y solicitar la devolución del vehículo.
Los importes adeudados por los daños causados, la recuperación del vehículo, las franquicias, las sanciones y los costes adicionales previstos en el Contrato seguirán siendo pagaderos por el Cliente.
2.6 – Objetos dejados en el vehículo
El Cliente está obligado a verificar, en el momento de la devolución, que no ha dejado pertenencias o efectos personales en el interior del vehículo.
Si, después de la devolución, el Arrendador encontrara objetos pertenecientes al Cliente, los conservará durante el plazo previsto por sus procedimientos internos, informando al Cliente, cuando sea identificable, del hallazgo correspondiente.
Las pertenencias podrán ser recogidas por el Cliente, por una persona expresamente por él delegada, o enviadas a petición suya. Todos los costes relacionados con la recogida, el envío o la devolución correrán a cargo del Cliente.
El Arrendador no podrá ser considerado responsable de los objetos que el Cliente declara haber dejado en el vehículo pero que no fueron efectivamente encontrados, ni de la pérdida, deterioro o daño ocurridos antes de su hallazgo y custodia por parte del Arrendador.
2.7 – Defectos que no comprometen el uso del vehículo
El Arrendador podrá abstenerse de reparar o sustituir el vehículo cuando el defecto o anomalía comunicado por el Cliente no comprometa la seguridad, el buen funcionamiento, el cumplimiento de la legislación aplicable o la idoneidad del vehículo para el uso previsto en el Contrato.
No obstante, el Cliente sigue obligado a informar rápidamente al Arrendador de cualquier defecto, anomalía o mal funcionamiento detectado y a seguir las instrucciones recibidas.
Art.2.8 – Exclusión de limitaciones de responsabilidad
Las cláusulas, coberturas y servicios destinados a limitar o excluir, total o parcialmente, la responsabilidad económica del Cliente no se aplicarán cuando el daño, pérdida, robo o hecho impugnado sea imputable a dolo o negligencia grave del Cliente o de un conductor autorizado.
En tales circunstancias, el Cliente estará obligado a responder íntegramente de las cantidades adeudadas y de los daños causados, de conformidad con lo previsto en el Contrato y la legislación aplicable.
Art. 3 Obligaciones, Responsabilidades y derechos del Cliente
3.1- Custodia y uso del vehículo
Al tomar la custodia del vehículo, el Cliente asume su custodia y se compromete a conducirlo personalmente, a no dejarlo conducir por conductores no autorizados, así como a conservarlo y utilizarlo con el máximo cuidado y diligencia, respetando el uso previsto, las características indicadas en el documento de matriculación y los límites previstos por la legislación aplicable.
3.2 – Obligaciones del Cliente en el uso del vehículo
El Cliente se compromete a:
- a) verificar, en el momento de la custodia, el estado de uso y mantenimiento del vehículo, informando inmediatamente al Arrendador de cualquier anomalía, discrepancia, daño o deficiencia no expresada en el acta de entrega;
- b) comprobar la presencia a bordo del equipo de seguridad, de los documentos de circulación y de los documentos de seguro;
- c) realizar, durante el período de alquiler, el mantenimiento ordinario del vehículo con la diligencia que exige la naturaleza del bien, realizando, a título enunciativo y no exhaustivo, el control y eventuales reposiciones de los niveles de lubricantes, aceite de frenos, líquido refrigerante, líquido lavaparabrisas y presión de los neumáticos;
- d) no subarrendar, ceder en uso, ceder o confiar el vehículo alquilado a terceros, bajo ningún concepto;
- e) no confiar la conducción del vehículo a personas no autorizadas y/o no indicadas en el Contrato de alquiler;
- f) no fumar ni permitir que otros fumen dentro del vehículo;
- g) no transportar animales sin la autorización previa por escrito del Arrendador y, en cualquier caso, de conformidad con el art. 169 del Código de Circulación;
- h) no utilizar el vehículo para el transporte de mercancías u objetos cuando no esté destinado a tal uso;
- i) utilizar el vehículo respetando plenamente la legislación sobre circulación por carretera aplicable, evitando su uso en carreteras, rutas o zonas no aptas para las características técnicas del vehículo;
- j) no subir el vehículo a barcos, ferries u otros medios de transporte sin la autorización previa y por escrito del Arrendador;
- k) devolver el vehículo con el tanque lleno de combustible o con el mismo nivel indicado en el momento de la entrega;
- l) conservar el vehículo con la máxima diligencia, activando los sistemas de seguridad disponibles, evitando dejar objetos de valor a la vista y adoptando todas las medidas útiles para la protección y conservación del bien;
- m) pagar puntualmente las multas, peajes, estacionamiento, acceso a zonas de tráfico limitado u otras infracciones y cargos devengados durante el período de alquiler, notificando inmediatamente al Arrendador y en cualquier caso a más tardar la devolución del vehículo;
- n) no conducir ni utilizar el vehículo fuera del territorio nacional sin la autorización previa y por escrito del Arrendador. En caso de autorización para utilizar el vehículo en los siguientes países: Andorra, Bélgica, Croacia, República Checa, Dinamarca, Estonia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suiza y Reino Unido, el Cliente se compromete a pagar el servicio “Cross Border Fee” equivalente a 100,00 EUR para todas las categorías, a excepción de las categorías P, M1, JA y PA, cuyo importe adeudado será igual a 150,00 EUR. Para el uso del vehículo en Austria, Países Bajos y Hungría, el Cliente se compromete a pagar el servicio “Cross Border Fee” equivalente a 150,00 EUR;
- o) asumir toda responsabilidad por daños, costos, sanciones, embargos, embargos administrativos u otros perjuicios ocurridos en el extranjero en ausencia de la autorización previa por escrito del Arrendador, con la consiguiente pérdida de cualquier limitación de responsabilidad contractual. El Arrendador se reserva el derecho de recurrir a las Autoridades competentes para la recuperación del vehículo y retener el depósito de garantía en su totalidad, sin perjuicio del derecho a indemnización por cualquier daño mayor;
- p) no utilizar el vehículo en Países donde la Tarjeta Verde (RCA) no es válida, asumiendo todas las consecuencias, responsabilidades y cargos de compensación que se deriven de dicho uso;
- q) no utilizar el vehículo para el transporte de personas o mercancías a título oneroso;
- r) no remolcar ni empujar otros vehículos, remolques, carretas u otros objetos;
- s) no conducir bajo los efectos del alcohol, drogas, sustancias psicotrópicas, estupefacientes o en cualquier caso en condiciones psicofísicas no aptas para la conducción;
- t) no utilizar el vehículo para carreras, competiciones, pruebas de velocidad, clases de conducción, actividades ilegales o en cualquier caso para fines distintos de los permitidos por el Contrato, incluido, a modo de ejemplo, el transporte de mercancías de contrabando, materiales peligrosos, inflamables, explosivos o prohibidos por la ley;
- u) no realizar ni haber realizado reparaciones, intervenciones técnicas, modificaciones o manipulaciones en el vehículo sin el consentimiento previo y por escrito del Arrendador;
- v) en caso de avería, avería, mal funcionamiento o anomalía del vehículo, dejar de conducir inmediatamente cuando sea necesario o prudente, contactar sin demora con el servicio de asistencia en los contactos indicados en el Contrato y seguir escrupulosamente las instrucciones recibidas del Arrendador o del servicio de asistencia;
- w) hacerse cargo de los costes del servicio de grúa, remolque, recuperación o avería, salvo que el Cliente haya contratado el servicio Asistencia en carretera y dentro de los límites de lo previsto en las condiciones pertinentes;
- x) reconocer que el Arrendador podrá, a su propia discreción, no proporcionar un vehículo de sustitución en caso de insolvencia del Cliente, robo, incendio, accidente grave, negligencia, uso indebido del vehículo o incumplimiento de obligaciones contractuales. Cualquier sustitución se realizará normalmente con un vehículo de la misma categoría o, en caso de indisponibilidad, con un vehículo de otra categoría, con cualquier ajuste de tarifa.
Queda finalmente entendido que, en caso de incumplimiento de aunque sea una de las disposiciones de este artículo, el Arrendador se reserva el derecho de recuperar el vehículo en cualquier momento y lugar, incluso sin previo aviso, sin perjuicio del derecho a indemnización por cualquier daño, coste, gasto o perjuicio sufrido.
3.3 – Responsabilidad del Cliente por daños, sanciones y cargos relacionados con el uso del vehículo
El Cliente es responsable de todos los daños, costes, cargas y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones mencionadas en el artículo anterior, así como de cualquier multa, penalización, peaje de autopista, coste de estacionamiento, acceso a zonas de tráfico limitado y, más en general, de cualquier importe, gasto o cargo de cualquier forma relacionado con el uso del vehículo durante el período de alquiler.
Por tanto, el Cliente se compromete a reembolsar íntegramente al Arrendador todas las cantidades que este haya podido adelantar o deba pagar por tales conceptos, incluidos los gastos postales, administrativos, de gestión, de comunicación, de nueva notificación y de recuperación de las cantidades.
Se entiende que, en todos los casos en que sea necesario comunicar los datos del Cliente, entregar o volver a notificar multas, sanciones u otros actos, o recuperar sumas adelantadas o en cualquier caso adeudadas al Arrendador, el Cliente estará obligado a pagar a este último una cantidad por gastos administrativos de acuerdo con la lista de precios vigente en el momento del cargo, sin perjuicio del derecho del Arrendador al reembolso de cualesquiera costes, gastos, cargas o daños adicionales ocasionados.
3.4 – Responsabilidad por daños, robo, incendio y cargos consiguientes
El Cliente asume toda responsabilidad por los daños, robo o incendio que pueda afectar al vehículo durante el alquiler, salvo lo expresamente previsto en las limitaciones de responsabilidad adquiridas y dentro de sus límites de vigencia.
Este alcance incluye, a título meramente ilustrativo y no exhaustivo, los gastos relativos a las intervenciones de restauración, cualquier depreciación comercial del vehículo, la pérdida económica derivada de su indisponibilidad, así como los costes de recuperación, custodia, remolque, almacenamiento, tasación, gestión del seguro y los gastos administrativos en que incurra el Arrendador por la gestión del evento o de cualquier reclamación relacionada.
Las cantidades así determinadas serán cargadas al Cliente de acuerdo con las disposiciones contractuales y las condiciones de alquiler aplicables, y se cuantificarán según los criterios indicados en la tabla de daños del Arrendador, en la lista de precios vigente y/o en base a la documentación técnica, administrativa o contable relativa al siniestro, sin perjuicio del derecho del Arrendador a una indemnización por cualquier daño mayor.
3.5 – Responsabilidad solidaria del Cliente, conductores adicionales y titular de la tarjeta de crédito
Todos los Clientes, los conductores adicionales autorizados y los titulares de la tarjeta de crédito indicada en el Contrato son solidariamente responsables entre ellos y frente al Arrendador de las obligaciones que corresponden al titular de la carta de alquiler, tanto en virtud del presente contrato como de la legislación aplicable, incluidas, a título enunciativo, las obligaciones de pago, reembolso, compensación e indemnización derivadas del uso del vehículo.
3.6 – Derecho del cliente a proporcionar pruebas y deber de cooperar
No obstante, el Cliente se reserva el derecho de demostrar que posibles incumplimientos o daños en el vehículo son imputables a causas que no le son imputables. Esta disposición no implica en modo alguno una inversión de la carga de la prueba ni limita el derecho del Cliente a plantear las objeciones previstas por la legislación aplicable, sin perjuicio de la obligación del Cliente de cooperar con el Arrendador y de proporcionarle con prontitud cualquier información, documento o elemento útil para la correcta reconstrucción del suceso.
3.7 – Deducibles aplicables en caso de accidente, robo o incendio
Salvo acuerdo en contrario por escrito entre las partes, el Cliente deberá hacerse cargo de los importes correspondientes a las franquicias indicadas en la carta de alquiler en caso de accidente, robo o incendio ocurrido durante el período contractual, dentro de los límites y según las condiciones previstas en el Contrato, las coberturas aplicables y las eventuales limitaciones de responsabilidad adquiridas.
3.8 – Indemnización total en caso de intoxicación, sustancias, dolo o negligencia grave
No obstante lo anterior, el Cliente está obligado a indemnizar íntegramente los daños derivados de un accidente que se produzca mientras el vehículo se conduce en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas o en cualquier caso sustancias capaces de alterar la capacidad de conducir, o en presencia de dolo o negligencia grave que les sea imputable, así como en cualquier otro caso de utilización del vehículo contraria a la ley, al Contrato o a las instrucciones del Arrendador.
3.9 – Daños derivados del uso no diligente o inadecuado del vehículo
El Cliente está obligado a compensar íntegramente los daños derivados de un uso no diligente, indebido, negligente o no conforme al destino previsto del vehículo, tales como, a título enunciativo y no exhaustivo, rayones causados por la vegetación, daños en los bajos, llantas, neumáticos, interiores, carrocería, techo, cristales y partes mecánicas o electrónicas del vehículo.
3.10 – Daños, costos y sanciones derivados de violaciones regulatorias
El Cliente está obligado a reembolsar íntegramente los daños, costes, gastos, cargas y eventuales sanciones derivadas de conductas realizadas en violación de las normas del Código de Circulación, así como de cualquier otra disposición legislativa o reglamentaria aplicable, incluso cuando tales consecuencias sean impugnadas al Arrendador o adelantadas por este último.
3.11 – Exclusiones de coberturas y limitaciones de responsabilidad
Quedan excluidos de las coberturas del seguro, así como de cualesquiera limitaciones o exclusiones de responsabilidad, los daños causados intencionadamente por el Cliente o derivados de negligencia, imprudencia, impericia, uso indebido, incumplimiento del Contrato o incumplimiento de las instrucciones del Arrendador, así como los daños relativos a las partes internas del vehículo, incluidos, a título enunciativo y no exhaustivo, salpicadero, airbag, cinturones de seguridad, pantallas táctiles, asientos, tapizados, mandos, accesorios, llaves, dispositivos electrónicos, Equipos de abordo y techo.
También se excluyen los daños resultantes de una evaluación incorrecta de la altura del vehículo o de la presencia de elementos salientes o salientes, los daños imputables al embrague o causados por un exceso de revoluciones del motor, así como los daños derivados de un repostaje incorrecto o insuficiente, del uso de combustible no conforme, de la falta de control de los niveles de líquidos, de la no comunicación oportuna de anomalías o de la continuación de la conducción en presencia de averías, testigos o averías.
También quedan excluidos el robo de neumáticos y/o llantas, los daños causados por la conducción por vías inadecuadas o no autorizadas, por caminos de tierra, playas, caminos todoterreno, zonas prohibidas o en cualquier caso incompatibles con las características técnicas del vehículo y, en general, cualquier daño resultante del incumplimiento de las normas que regulan la circulación del vehículo, de las disposiciones contractuales o de las instrucciones dadas por el Arrendador.
3.12 – Obligación de devolución de las llaves en caso de robo del vehículo
En caso de robo del vehículo, el Cliente se compromete a devolver inmediatamente al Arrendador la llave original del vehículo, así como cualquier otra llave, dispositivo, documento o equipo que pudiera estar en su poder. La obligación del Cliente de compensar íntegramente el valor del vehículo robado persiste en los casos previstos en el Contrato, en la legislación aplicable o en presencia de conducta dolosa, gravemente negligente, negligente o, en cualquier caso, conducta no conforme con las obligaciones contractuales.
3.13 – Informe y aviso en caso de accidente, robo o incendio
En caso de accidente, robo, incendio, parcial o total, el Cliente deberá presentar la debida denuncia ante las Autoridades competentes cuando así lo disponga o sea necesario, y comunicar el hecho al Arrendador dentro de las 24 horas siguientes al momento en que tuvo conocimiento del mismo, entregando o transmitiendo puntualmente toda la documentación pertinente a la empresa de alquiler.
3.14 – Servicios adicionales de reducción o limitación de responsabilidad
Para cubrir parcialmente las sumas eventualmente pagaderas por el Cliente, éste podrá contratar servicios adicionales destinados a reducir o eliminar, total o parcialmente, las responsabilidades económicas específicas derivadas del alquiler, dentro de los límites, en las condiciones y con las exclusiones previstas en el Contrato, las Condiciones Generales de Alquiler y el servicio adicional suscrito.
Para los alquileres realizados en las regiones de Puglia, Campania y Calabria, consideradas zonas de mayor riesgo por las Compañías de Seguros, en caso de robo del vehículo e incluso cuando el Cliente haya contratado un servicio para reducir o eliminar la responsabilidad económica, una franquicia correspondiente a la franquicia de robo, debidamente indicada en el Contrato de Alquiler, seguirá siendo en cualquier caso pagadera por ellos.
3.15 – Cobro de daños, gastos de gestión y paradas técnicas
En caso de daño, el Cliente será responsable, además de los daños detectados, también de los gastos de gestión de daños, de las paradas técnicas correspondientes, de los posibles gastos administrativos, de tasación, de recuperación, de custodia, de remolque y de restauración, según lo previsto por el Matriz de daños del Arrendador, por la lista de precios vigente o por valoración separada. El Cliente autoriza al Arrendador a cargar las cantidades correspondientes, también utilizando la tarjeta de crédito dejada como garantía, sin perjuicio del derecho del Arrendador a una indemnización por cualquier daño mayor.
3.16 – Retorno del vehículo y nivel de combustible
El Cliente se compromete a devolver el vehículo con la misma cantidad de combustible detectada y comprobada en el momento de la entrega del vehículo; en caso de falta de combustible, además del combustible consumido, el servicio de repostaje correspondiente según la lista de precios vigente quedará a cargo del Cliente. Se entiende que cualquier excedente en el momento de la devolución respecto a lo detectado en el momento de la entrega no se considerará sujeto a reembolso por parte del Arrendador.
3.17 – Kilometraje limitado, exceso y fallo del cuentakilómetros
En caso de que el Cliente opte por una tarifa de kilometraje limitado, estará obligado a abonar al Arrendador el importe correspondiente a los kilómetros excedentes, según la tarifa de precios vigente y/o según lo indicado en la carta de alquiler o en las condiciones económicas comunicadas al Cliente. En caso de detección de avería, manipulación, mal funcionamiento o avería del cuentakilómetros del vehículo alquilado, el Arrendador computará un kilometraje diario igual a 200 km por día, salvo que, sobre la base de elementos objetivos, resulte un kilometraje superior, que podrá ser imputado al Cliente.
3.18 – Obligaciones del Cliente en caso de accidente
En caso de accidente sufrido o causado por el vehículo alquilado, incluso si el vehículo no sufre daños, el Cliente está obligado a:
- a) comunicar al Arrendador los nombres y direcciones de las partes implicadas, las matrículas de los vehículos afectados, los datos del seguro y los datos personales de los testigos;
- b) informar oportunamente al Arrendador del incidente mediante contacto telefónico, enviando posteriormente un informe detallado y completo con un esquema descriptivo de la dinámica del accidente;
- c) notificar sin demora a las Autoridades Policiales cuando sea necesario comprobar la responsabilidad de terceros, en presencia de personas lesionadas o en cualquier caso en todos los casos en que así lo exija la ley aplicable o las circunstancias del caso específico;
- d) adoptar todas las medidas necesarias para no dejar el vehículo desatendido y asegurar su adecuada protección, evitando la agravación de los daños y siguiendo las instrucciones recibidas del Arrendador o del servicio de asistencia;
- e) cooperar, incluso posteriormente, con el Arrendador para la gestión de cualesquiera procedimientos, reclamaciones de indemnización, procedimientos de seguro o litigios derivados del accidente, cuando así se solicite;
- f) cumplimentar con la contraparte el formulario de Declaración Europea de Accidente (C.A.I.) presente a bordo del vehículo y transmitirlo a la agencia Arrendadora más cercana dentro de las 24 horas siguientes al suceso, o entregarlo en el momento de la devolución del vehículo si esta se produce dentro del mismo plazo. El formulario deberá cumplimentarse de forma completa y precisa, de modo que permita una reconstrucción clara e inequívoca de la dinámica del accidente, con indicación de las partes implicadas, las matrículas, las compañías de seguros, los daños visibles, el lugar, la fecha, la hora y las posibles responsabilidades declaradas.
El incumplimiento de las obligaciones indicadas anteriormente conlleva la pérdida de eficacia de cualquier cobertura de seguro o limitación de responsabilidad prevista a favor del Cliente, dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable y cuando dicho incumplimiento haya impedido o perjudicado la correcta gestión del accidente. En particular, la comunicación omitida o retrasada del accidente conlleva la pérdida de todas las limitaciones y exclusiones de responsabilidad relativas a daños, robo o incendio, total o parcial, quedando el Cliente también responsable de los perjuicios, costes, gastos o daños sufridos por el Arrendador como consecuencia de dicho incumplimiento.
3.19 – Obligaciones del Cliente en caso de robo, incendio o acto de vandalismo
En caso de robo, incendio, total o parcial, o acto de vandalismo, el Cliente está obligado a presentar inmediatamente una denuncia ante las Autoridades competentes y a transmitir una copia de la misma al Arrendador en un plazo de 24 horas, junto con las llaves del vehículo, los documentos que eventualmente obren en su posesión y cualquier otro elemento útil para la reconstrucción del suceso, en la agencia más cercana o en los términos indicados por el Arrendador.
El Cliente también está obligado a cooperar activamente con el Arrendador en la gestión de cualquier procedimiento judicial, procedimiento de seguro, reclamación de indemnización o litigio relacionado con el evento. En tales circunstancias, se aplicará la penalización prevista para la gestión administrativa del expediente, según la tarifa de precios vigente, sin perjuicio del derecho del Arrendador al reembolso de cualesquiera costes, gastos, cargas o daños adicionales ocasionados.
Art. 4 Coberturas de seguro
4.1 – Coberturas de seguro incluidas en el alquiler
El Cliente se beneficia, durante toda la duración del alquiler, de las siguientes coberturas incluidas:
- a) CDW – Collision Damage Waiver: prevé una reducción del importe adeudado por el Cliente como responsabilidad económica por cualquier daño causado al vehículo;
- b) TLW – Theft Loss Waiver: prevé una reducción de la responsabilidad económica del Cliente en caso de robo del vehículo;
- c) RCA – Responsabilidad civil del motor: conforme a la legislación aplicable, garantiza una cobertura de seguro por daños causados a terceros, ya sean personas, bienes, excluidos los bienes transportados, o animales. Los pasajeros transportados en el vehículo del Arrendador tienen la consideración de terceros a todos los efectos.
Los importes relativos a la responsabilidad máxima del Cliente en caso de daño o robo, con referencia a las coberturas CDW y TLW, se determinan en función de la categoría del vehículo alquilado y se indican en el Contrato de alquiler.
4.2 – Coberturas opcionales y servicios adicionales que podrá adquirir el Cliente
El Cliente tiene derecho a adquirir, directamente en las oficinas de alquiler, paquetes adicionales destinados a reducir o eliminar, total o parcialmente, su responsabilidad económica en caso de daño o robo del vehículo, dentro de los límites y en las condiciones que se indican a continuación:
- a) Cobertura Gold: prevé una reducción del 50% de la responsabilidad económica del Cliente en caso de daño y robo. Quedan excluidos de la cobertura los daños causados en cristales, llantas y neumáticos, así como el servicio de asistencia en carretera;
- b) Cobertura Platinum: prevé la eliminación de la responsabilidad económica del Cliente en caso de daño y robo. Quedan excluidos de la cobertura los daños causados en cristales, llantas y neumáticos, así como el servicio de asistencia en carretera;
- c) Cobertura Platinum Plus: prevé la eliminación de la responsabilidad económica del Cliente únicamente por los daños causados al vehículo, manteniéndose la responsabilidad económica en caso de robo. Esta cobertura es aplicable a las categorías especiales, camionetas de pasajeros y Luxury Cars. Quedan excluidos de la cobertura los daños causados en cristales, llantas y neumáticos, así como el servicio de asistencia en carretera;
- d) Cobertura Neumáticos y Cristales: prevé la eliminación de la responsabilidad económica del Cliente en caso de daños causados a neumáticos, cristales y llantas, y puede adquirirse en los puntos de alquiler;
- mi) Asistencia en carretera: prevé la eliminación de la responsabilidad económica del Cliente en caso de solicitud del servicio de asistencia en carretera tras un accidente o daño mecánico, dentro de los límites y en las condiciones previstas por el servicio adquirido.
Las coberturas y servicios adicionales aceptados por el Cliente en el momento de la recogida del vehículo se considerarán válidos durante toda la duración del alquiler y se calcularán en base a los días reales de alquiler, incluso en caso de prórroga. Dichas coberturas y servicios no podrán modificarse ni cancelarse durante el alquiler en curso y se cargarán directamente a la tarjeta de crédito presentada por el Cliente.
Para los alquileres realizados únicamente en las regiones consideradas de riesgo como Puglia, Campania y Sicilia, la franquicia de robo siempre será pagadera por el Cliente incluso habiendo contratado una cobertura para su eliminación.
Art. 5 – Entrega y devolución del vehículo
5.1 – Inicio y conclusión de la relación contractual
La relación contractual comienza el día y hora de la entrega del vehículo al Cliente y concluye en el momento de su devolución y recepción por parte del Arrendador, salvo disposición en contrario en los casos de devolución fuera del horario de apertura o por medios no presenciales.
5.2 – Inspección del vehículo y verificación del equipamiento
El Cliente declara haber inspeccionado el vehículo antes de tomar su custodia, reconociendo su idoneidad para el uso acordado, así como la presencia y conformidad de los equipos de seguridad, los documentos de circulación y los documentos del seguro, salvo eventuales discrepancias expresamente comunicadas y anotadas antes del inicio del alquiler.
5.3 – Obligación de informar anomalías, defectos o daños
El Cliente está obligado a comunicar inmediatamente al Arrendador, y en todo caso antes de utilizar el vehículo, cualquier anomalía, defecto, deficiencia o daño encontrado, cuando no estén indicados en el Contrato de alquiler o estén descritos de forma incompleta, inexacta o con un nivel de gravedad diferente al real. A falta de informe oportuno, el vehículo se considerará entregado en buen estado de funcionamiento y conforme a lo indicado en el Contrato.
5.4 – Daños detectados en el momento de la devolución y cargos correspondientes
Cualquier daño, defecto, deficiencia o anomalía detectada por el Arrendador en el momento de la devolución del vehículo, no constada ya en el Contrato en el momento de la entrega, será comunicada en la hoja de devolución con cargo al Cliente, quien estará obligado a hacerse cargo de los correspondientes costes de restauración, así como de los gastos administrativos, técnicos, de tasación, de gestión, de paradas técnicas y cualquier otro cargo relacionado.
5.5 – Verificación conjunta a la devolución y posterior detección de daños
En el momento de la devolución, el Cliente está obligado a verificar conjuntamente con el Arrendador el estado del vehículo, constatando y firmando cualquier discrepancia con respecto a lo indicado en el Contrato de alquiler en el momento de la entrega. A falta de dicha verificación conjunta, incluso por ausencia, negativa o imposibilidad del Cliente, el Cliente autoriza expresamente al Arrendador a cobrar cualquier daño, deficiencia o discrepancia detectada incluso después de la devolución, siempre que sean imputables al período de alquiler y estén documentados por el Arrendador.
5.6 – Lugar y hora de devolución del vehículo
El vehículo deberá ser devuelto durante el horario de apertura de la agencia donde fue recogido, salvo solicitud en contrario por parte del Cliente y previamente aceptada por el Arrendador para la devolución en otra agencia o por medio diferente.
5.7 – Devolución fuera del horario de apertura y finalización del alquiler
En caso de devolución fuera del horario de apertura, el alquiler se considerará concluido en el momento de reapertura de la agencia, siempre que el vehículo haya sido efectivamente recogido por ésta. Este criterio se aplica tanto a los efectos del cálculo de la contraprestación como a los efectos de la responsabilidad relacionada con la posesión, custodia y uso del vehículo, a título enunciativo y no exhaustivo, por daños, robo, incendio, falta de repostaje, sanciones, mudanzas, actos vandálicos, sustracción de accesorios o documentos y cualquier otro hecho lesivo.
5.8 – Carga de la prueba en caso de devolución fuera del horario de apertura
En caso de devolución fuera del horario de apertura, corresponderá al Cliente demostrar que el vehículo fue devuelto en las mismas condiciones fácticas y jurídicas en las que se encontraba en el momento de la entrega, así como en el lugar y por los medios previamente autorizados por el Arrendador. En su defecto, el Cliente estará obligado a compensar cualquier daño, costo, gasto o perjuicio que surja de cualquier discrepancia con respecto a lo originalmente comprobado.
5.9 – Aviso de cierre de contrato en caso de devolución fuera del horario de apertura
En caso de devolución del vehículo fuera del horario de apertura, la oficina de alquiler transmitirá al Cliente, por correo electrónico, el resumen de cierre del Contrato de alquiler, que contiene la indicación del estado del vehículo, el nivel de combustible, el kilometraje, la presencia de accesorios, equipos, llaves y documentos detectados en el momento de la recepción. Cualquier daño, deficiencia, discrepancia o cantidades adeudadas serán a cargo del Cliente. Si el monto adeudado excede la disponibilidad de la tarjeta de crédito proporcionada, el Cliente deberá indicar un método de pago válido diferente para el saldo, sin perjuicio del derecho del Arrendador a actuar para recuperar cualquier suma adeudada.
5.10 – Solicitud de devolución anticipada por parte del Arrendador
Si el Arrendador, por necesidades organizativas, administrativas, operativas o comerciales, solicitara la devolución anticipada del vehículo respecto del vencimiento contractual, el Cliente estará obligado a devolverlo en la oficina de origen o en el lugar más cercano indicado por el Arrendador dentro de las 48 horas siguientes a la solicitud. En caso de incumplimiento, persiste la obligación del Cliente de compensar cualquier daño, coste, gasto o perjuicio derivado del retraso. El Arrendador, previa solicitud y compatible con la disponibilidad de la flota, pondrá a disposición un vehículo de sustitución hasta el vencimiento original del Contrato, salvo impedimento objetivo o incumplimiento contractual imputable al Cliente.
5.11 – Obligación de devolver el vehículo íntegramente y ausencia de reembolso por devolución anticipada
El Cliente se compromete a devolver el vehículo, completo con accesorios, equipamiento, llaves y documentos, libre de efectos personales, en el lugar, fecha y hora acordados en el momento de la firma o posteriormente autorizado por escrito por el Arrendador. En caso de devolución anticipada respecto de lo acordado, no se prevé ningún reembolso, reducción, compensación o indemnización por el período de alquiler no utilizado.
5.12 – Cargos por cambios unilaterales en las condiciones de devoluciónEn caso de cambios unilaterales respecto de las condiciones originalmente pactadas, no autorizados previamente por el Arrendador, el Arrendador se reserva el derecho de cobrar al Cliente los siguientes cargos:
- a) costos de extensión del alquiler más allá de la duración prevista;
- b) costos de traslado, recuperación o reubicación del vehículo en el lugar inicialmente acordado;
- c) gastos de gestión administrativa del expediente;
- d) cualesquiera otros costes, sanciones, daños o perjuicios derivados de la modificación no autorizada de las condiciones de devolución.
5.13 – Retraso en la devolución, tolerancia y pérdida de tarifas con descuento
El vehículo deberá ser devuelto en la sucursal indicada en el Contrato, en el día y hora establecidos, con una tolerancia máxima de 59 minutos. Una vez transcurrido este plazo, se cobrará un día adicional de alquiler por cada día o fracción de día de retraso hasta la devolución, sin perjuicio de la indemnización de cualquier daño, coste o perjuicio adicional que sufra el Arrendador, salvo autorización previa y por escrito del Arrendador para continuar con el alquiler. Para tarifas sujetas a límites horarios específicos, como por ejemplo fines de semana, promociones u ofertas especiales, la superación de la tolerancia conlleva la pérdida de las condiciones bonificadas y la aplicación de la tarifa diaria estándar vigente en el momento del cobro.
5.14 – Modificación de las condiciones de devolución
Si el Cliente desea modificar las condiciones de devolución, con referencia al lugar, fecha u hora, deberá ponerse en contacto con la oficina de alquiler con antelación para verificar su viabilidad, cualquier necesidad de autorización por escrito y posibles costes adicionales. La modificación se considerará efectiva sólo si es expresamente aceptada por el Arrendador.
5.15 – Sanciones y gastos a la devolución del vehículo
A la devolución del vehículo, el Cliente podrá verse obligado a pagar sanciones compensatorias, además de los gastos administrativos, en los siguientes casos:
- a) la falta de devolución de las llaves, su pérdida o su devolución en condiciones de daño, alteración, manipulación o mal funcionamiento;
- b) pérdida, robo o deterioro de la placa, documentos de circulación, documentos de seguro, accesorios o equipamiento del vehículo, cualquiera que sea la causa;
- c) devolución del vehículo en condiciones de evidente suciedad, interior o exterior, fuera de su uso normal, con el consiguiente cobro de gastos de limpieza y, en su caso, higienización;
- d) devolución del vehículo con olores persistentes, residuos, manchas, pelos de animales, arena, líquidos, residuos o condiciones que requieran intervenciones extraordinarias de limpieza, saneamiento o restauración.
5.16 – Responsabilidad del Cliente por los conductores autorizados
El Cliente que firma el Contrato de alquiler es plenamente responsable de cualquier conducta, acción, omisión, infracción o incumplimiento imputable al conductor o a los demás conductores autorizados indicados en el Contrato, quedando obligado solidariamente con ellos por cualquier cantidad adeudada al Arrendador.
5.17 – Declaración de ausencia de accidentes al regreso
En ausencia de accidentes, para permitir al Arrendador proteger sus derechos frente a posibles litigios o reclamaciones infundadas, el Cliente está obligado a declarar expresamente por escrito, en el momento de la devolución del vehículo, que no ha sufrido ni causado ningún hecho perjudicial, accidente, colisión, acto vandálico, robo, tentativa de robo, incendio, anomalía u otro hecho relevante durante el período de alquiler.
Art. 6 – Cláusula de rescisión expresa
La violación, incluso parcial, de lo dispuesto en los artículos 3 y 5 de este Contrato otorga al Arrendador el derecho de resolverlo de pleno derecho de conformidad con el art. 1456 del Código Civil italiano, mediante simple comunicación escrita al Cliente, sin perjuicio, en cualquier caso, del derecho a indemnización por cualquier daño adicional sufrido.
La resolución del Contrato conllevará la obligación del Cliente de devolver inmediatamente el vehículo al Arrendador, en el lugar y por el medio indicado por éste, quedando a cargo del Cliente cualquier coste, gasto, cargo o daño derivado del incumplimiento o del retraso en la devolución.
También subsiste el derecho del Arrendador a proceder a la recuperación del vehículo en cualquier momento y lugar, también a través de personas designadas o de Autoridades competentes, con cargo al Cliente de los costes correspondientes, sin perjuicio del derecho a indemnización por cualquier daño mayor.
Art. 7 – Disposiciones varias
7.1 – Ley aplicable y prevalencia de la versión italiana
El Contrato de Alquiler se rige por la ley italiana. En caso de discrepancias interpretativas entre la versión en italiano del Contrato, las Condiciones Generales, el Cuadro Tarifario u otros documentos contractuales y las posibles traducciones de cortesía, prevalecerá en cualquier caso la versión italiana.
7.2 – Modificaciones al Contrato
Cualquier modificación, integración, derogación o acuerdo adicional al Contrato deberá formalizarse por escrito y ser válidamente aprobado por un representante del Arrendador dotado de las facultades necesarias. Cualquier acuerdo verbal, tolerancia, práctica operativa o comunicación no aprobada formalmente según lo dispuesto en este artículo no tendrá efecto.
7.3 – Retraso en los pagos e intereses de demora
En caso de pago realizado fuera de los plazos indicados por el Arrendador o después de la comunicación de las cantidades adeudadas, el Arrendador tendrá derecho a intereses de demora en el importe previsto por el Decreto Legislativo 231/2002, en su caso, sin perjuicio del derecho al reembolso de los costes de recuperación del crédito y a una indemnización por cualquier daño mayor.
7.4 – Referencia a la ley aplicable
Para todo lo no previsto expresamente en el Contrato, se aplicarán las disposiciones de la legislación aplicable, así como, en su caso, las demás condiciones, avisos, listas de precios y documentos contractuales referidos o puestos a disposición del Cliente.
7.5 – Modificaciones, actualizaciones e integraciones de las condiciones contractuales
Cualquier modificación, actualización o integración de las Condiciones Generales, del Contrato de Alquiler y del Cuadro Tarifario se darán a conocer al público por medios adecuados y conformes a la ley, entendiéndose que, salvo disposición legal en contrario o acuerdo escrito en contrario entre las partes, el alquiler individual estará sujeto a las condiciones vigentes en el momento de la firma del correspondiente Contrato de Alquiler.
7.6 – GPS sistemas de localización y procesamiento de datos
Se informa al Cliente, así como a cualquier usuario del vehículo, que, por motivos de seguridad, prevención de robos y fraudes, gestión de accidentes y protección de los activos de la empresa, algunos vehículos pueden estar equipados con sistemas de localización GPS u otros dispositivos telemáticos proporcionados por terceros.
Dichos dispositivos podrán detectar, a modo de ejemplo y dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable:
- a) la posición del vehículo, con representación cartográfica pertinente, utilizable en caso de robo, apropiación indebida, falta de devolución del vehículo, indisponibilidad del Cliente o necesidad de recuperación del vehículo;
- b) datos relativos a velocidad, aceleraciones, desaceleraciones, impactos, distancias, kilometraje y estilo de conducción, en caso de accidentes, anomalías o conflictos;
- c) información estadística sobre los recorridos realizados, sobre el uso del vehículo y sobre eventos relevantes para la gestión de la relación contractual.
Los datos recopilados se almacenan en bases de datos internas o administradas por empresas externas especializadas, designadas como Encargadas del Tratamiento de conformidad con la legislación aplicable. El Arrendador se reserva el derecho de comunicar dicha información a Autoridades Judiciales, Autoridades de Seguridad Pública, Compañías de Seguros, Estudios de Abogados, empresas encargadas de la recuperación de vehículos, empresas de gestión de siniestros y partes especializadas en la prevención y gestión de accidentes, hurtos o fraudes, así como a utilizarla, directa o indirectamente, para la protección de sus derechos, en cumplimiento de la legislación aplicable en materia de protección de datos personales y de acuerdo con lo indicado en el aviso de privacidad puesto a disposición del Cliente.
7.7 – Indisponibilidad del Cliente, incumplimiento y denuncia a las Autoridades
En caso de indisponibilidad del Cliente, incumplimiento contractual, insolvencia, falta de devolución del vehículo, uso no autorizado o retraso injustificado en la devolución, el Arrendador se reserva el derecho de presentar denuncia o reclamación ante las Autoridades competentes por apropiación indebida o por cualquier otra infracción eventualmente aplicable, con cargo al Cliente de todos los costes, gastos, cargas y daños que se deriven, incluidos, a título enunciativo, los costes de recuperación del vehículo, asistencia jurídica, gestión administrativa, paradas técnicas e indisponibilidad del mismo. vehículo.
Art. 8 – Tribunal competente
Para cualquier disputa relativa a la validez, interpretación, ejecución o terminación del Contrato, el Tribunal de Milán tiene jurisdicción exclusiva.
Si el Contrato fuera celebrado por un consumidor, la competencia territorial será la del tribunal del lugar de residencia o domicilio del consumidor, no obstante lo anterior.
Art. 9 – Tratamiento de datos personales
El tratamiento de datos personales se realiza de conformidad con el Decreto Legislativo 196/2003, modificado, y con el Reglamento (UE) 2016/679 (GDPR).
El tratamiento se basa en los principios de equidad, licitud, transparencia y protección de la confidencialidad y los derechos del interesado. El Responsable del tratamiento es ITA RENT S.r.l., con domicilio social en Piazza Maestri del Lavoro 7 – 20063 Cernusco sul Naviglio (MI), IVA No. 12594610961.
De conformidad con el art. 13 del GDPR, se proporciona la siguiente información:
1) Tipo de datos procesados
Los datos personales recogidos incluyen: datos identificativos (nombre, apellidos, residencia, domicilio, fecha de nacimiento, contactos, dirección de facturación, identificadores online), documentos de identidad (DNI, pasaporte, permiso de conducir), datos bancarios y datos de localización (GPS, GSM y sistemas similares).
2) Finalidades y base jurídica del tratamiento
Los datos son tratados para:
- la celebración y ejecución del contrato de alquiler y los servicios relacionados;
- la gestión de quejas y conflictos;
- cumplimiento de los estándares de los sistemas de pago.
Estos fines se definen como “fines contractuales”.
Sujeto a consentimiento, los datos también podrán procesarse para actividades de marketing, envío de comunicaciones promocionales y análisis de mercado (“fines de marketing”).
El suministro de datos con fines contractuales es necesario para la celebración del contrato; la no prestación del mismo impide la prestación del servicio. El consentimiento para fines de marketing es opcional y revocable en cualquier momento.
3) Métodos de procesamiento
El tratamiento se realiza mediante herramientas manuales e informáticas, adoptando medidas técnicas, organizativas y físicas adecuadas para garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos.
4) Destinatarios de los datos
Los datos podrán ser comunicados, dentro de los límites de las finalidades indicadas, a:
- instituciones bancarias y financieras;
- partes autorizadas por el responsable del tratamiento;
- proveedores de servicios (técnicos, administrativos, legales, seguros, TI);
- encargados del tratamiento de datos formalmente designados.
5) Transferencia de los datos
Los datos personales no se transfieren a países no pertenecientes a la UE ni a organizaciones internacionales.
6) Período de retención
para fines contractuales: durante toda la duración de la relación y hasta 10 años después de su terminación, excepto para necesidades adicionales relacionadas con disputas u obligaciones legales;
Para fines de comercialización: durante la duración del contrato y hasta 5 años después de su terminación.
7) Derechos del interesado
El interesado podrá en cualquier momento ejercitar los derechos previstos en la ley, entre ellos:
- acceso a los datos;
- rectificación o supresión;
- restricción u objeción al procesamiento;
- portabilidad de datos;
- retirada del consentimiento (sin perjuicio de la licitud del tratamiento anterior);
- presentar una reclamación ante la Autoridad de Protección de Datos.
